Miércoles 01 de Mayo de 2024 . SdE. República Argentina.
26 - Noviembre - 2023 |

El Fondo Nacional de las Artes abrió la convocatoria para préstamos

El Fondo Nacional de las Artes abrió la convocatoria para préstamos

|Nota: Omar Estanciero ||Foto: Archivo.|

Está orientada a financiar cualquier etapa del proceso creativo y de la realización de un proyecto artístico cultural.

El Fondo Nacional de las Artes, organismo del Ministerio de Cultura, anunció la apertura de inscripciones para el otorgamiento de una línea de Préstamos Generales para artistas y gestores y gestoras.

La línea de Préstamos Generales está orientada a financiar cualquier etapa del proceso creativo y de la realización de un proyecto artístico cultural, ya sea el inicio o el desarrollo de actividades específicas tales como viajes de estudio dentro de la República Argentina, ediciones, montaje de obras, etc.

Asimismo, puede ser utilizada para financiar la compra de equipamiento, herramientas digitales, instrumentos musicales, y materiales de construcción para la refacción de un inmueble destinado al desarrollo artístico, entre otros destinos.

¿Quiénes pueden participar?

Podrán resultar beneficiarios/as de los préstamos los/as artistas, autores/as y trabajadores/as de la cultura argentinos/as y/o extranjeros/as, que resulten mayores de 18 años, y que residan legalmente en el país.

Los/as destinatarios/as de la línea deberán acreditar una comprobada dedicación en actividades artísticas y/o culturales que se encuentren contempladas por el Decreto Ley 1224/1958, y su decreto reglamentario 6255/58.

¿Cómo inscribirse?

La inscripción podrá realizarse en cualquier momento. La inscripción se realizará a través de la Plataforma del FNA: https://app.fnartes.gob.ar/ingresar

¿Cuáles son los requisitos?

Para esta línea de préstamos es indispensable la presentación de un garante. Es la persona que responderá por el total de la deuda contraída por el solicitante ante el incumplimiento del pago, quien asumirá el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del préstamo y sin beneficio de excusión y división del crédito. Los cónyuges no pueden ser garantes del préstamo, pero sí pueden ser codeudores.

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Email: ra.moc.avivarret@ofni
Santiago del Estero. Argentina

26 - Noviembre - 2023 |

El Fondo Nacional de las Artes abrió la convocatoria para préstamos

Está orientada a financiar cualquier etapa del proceso creativo y de la realización de un proyecto artístico cultural.

El Fondo Nacional de las Artes, organismo del Ministerio de Cultura, anunció la apertura de inscripciones para el otorgamiento de una línea de Préstamos Generales para artistas y gestores y gestoras.

La línea de Préstamos Generales está orientada a financiar cualquier etapa del proceso creativo y de la realización de un proyecto artístico cultural, ya sea el inicio o el desarrollo de actividades específicas tales como viajes de estudio dentro de la República Argentina, ediciones, montaje de obras, etc.

Asimismo, puede ser utilizada para financiar la compra de equipamiento, herramientas digitales, instrumentos musicales, y materiales de construcción para la refacción de un inmueble destinado al desarrollo artístico, entre otros destinos.

¿Quiénes pueden participar?

Podrán resultar beneficiarios/as de los préstamos los/as artistas, autores/as y trabajadores/as de la cultura argentinos/as y/o extranjeros/as, que resulten mayores de 18 años, y que residan legalmente en el país.

Los/as destinatarios/as de la línea deberán acreditar una comprobada dedicación en actividades artísticas y/o culturales que se encuentren contempladas por el Decreto Ley 1224/1958, y su decreto reglamentario 6255/58.

¿Cómo inscribirse?

La inscripción podrá realizarse en cualquier momento. La inscripción se realizará a través de la Plataforma del FNA: https://app.fnartes.gob.ar/ingresar

¿Cuáles son los requisitos?

Para esta línea de préstamos es indispensable la presentación de un garante. Es la persona que responderá por el total de la deuda contraída por el solicitante ante el incumplimiento del pago, quien asumirá el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del préstamo y sin beneficio de excusión y división del crédito. Los cónyuges no pueden ser garantes del préstamo, pero sí pueden ser codeudores.


|Nota: Omar Estanciero |
|Foto: Archivo.|