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Capital Federal

El gobierno argentino modificó por decreto el régimen de derechos de autor

Martes 4 de Marzo del 2025

Muchos músicos rechazan la medida, los productores de shows la apoyan y algunas entidades sostienen que “el modelo de gestión individual es impracticable y sólo puede traer un perjuicio a quienes poseen esos derechos”.

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La semana pasada, el Gobierno nacional publicó el decreto 138/25 que implementa la desregulación de la actividad de las sociedades de gestión colectiva (SGC), que se atribuyen la representación de los autores, artistas y creadores de los distintos rubros.


“Se desregula la actividad cultural para que el dinero lo cobren los artistas y no los intermediarios”, señalaron desde el Gobierno y, a partir de ahora, los artistas podrán administrar sus propios cobros sin la intervención obligatoria de sociedades de gestión colectiva (SGC) como SADAIC, SAGAI, AADI-CAPIF, DAC y ARGENTORES.


La medida fue anunciada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien destacó que la normativa busca "eliminar los monopolios en la gestión de derechos de músicos, actores, directores, guionistas y otros trabajadores del arte".


Según explicó, el sistema actual proviene del período de facto de Juan Carlos Onganía y ha permanecido sin cambios sustanciales durante décadas.

Hasta la promulgación de este nuevo decreto, los artistas estaban obligados a percibir sus ingresos a través de una SGC, la cual cobraba en su nombre y retenía un porcentaje por la gestión.


Esto tenía ventajas, como garantizar que los creadores recibieran su pago por usos que no podían rastrear directamente (por ejemplo, la reproducción de una canción en televisión). Sin embargo, también generaba críticas por la falta de transparencia en los plazos de pago y el manejo de los fondos.



Reacciones


Aunque presentada como un beneficio tras medio siglo de opresión a la cultura, la medida fue recibida por músicos de todo perfil y género con reacciones que variaron de la incredulidad a la indignación.


El decreto busca romper los lazos comunitarios y estimula el sálvese quien pueda, dejando el terreno despejado para que algunas corporaciones puedan hacer negocios perjudicando a los titulares de derechos intelectuales. Un modelo de gestión individual es impracticable y sólo puede traer un perjuicio a quienes poseen esos derechos (a quienes no se consultó por esta normativa). En nombre de la Libertad (¿de explotación?) nos quieren sacar nuestros derechos intelectuales”, dice al respecto el comunicado emitido por la Unión de Músicxs Independientes (UMI).


Desde SADAIC, señalaron: “El decreto presidencial nos obliga a regalar el fruto de nuestro trabajo intelectual. Sin contemplar que es parte de nuestro sustento, el de nuestras familias y el de miles de personas que trabajan y viven dentro del maravilloso mundo del entretenimiento musical. Es injusto y no hay derecho”.


"En principio, estamos en contra de la desregulación de los derechos de autor. Las sociedades de gestión, en la Argentina y en el mundo, son la herramienta más apta para la defensa de los autores y de sus derechos. Y si a eso le sumamos que ARGENTORES es una mutual que cumple una función social fundamental, insistimos con que ponerla en peligro es poner en peligro la subsistencia de los creadores", comunicaron.



Cómo registrar una canción u obra en la Dirección Nacional de Derecho de Autor


El Gobierno informó que si sos compositor, escritor o creador de cualquier obra original, registrarla en la Dirección Nacional de Derecho de Autor (DNDA) es un paso fundamental para proteger tus derechos. Este trámite garantiza que tu trabajo quede legalmente reconocido y resguardado ante posibles usos no autorizados.


El proceso de registro es sencillo y se realiza a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Primero, debés seleccionar el tipo de servicio que necesitás dentro de la grilla disponible en el sitio web de la DNDA. Luego, realizar el pago correspondiente y conservar el comprobante para futuras referencias.


Una vez abonado el arancel, podrás completar el trámite en la plataforma digital, buscando la opción específica para registrar tu obra.


En algunos casos, además del trámite online, es necesario presentar una copia de la obra junto con sus carátulas. Esto puede hacerse de manera presencial o enviándola por correo postal o servicio de mensajería.


Para los autores y compositores que deseen registrar sus obras por primera vez, existe el programa Primera Canción, que permite proteger hasta quince canciones sin costo.


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